Bienestar del Personal
Misión
El Servicio de Bienestar del Personal tiene por misión, en la medida que sus recursos lo permitan, propender al mejoramiento de las condiciones de vida y de trabajo de sus afiliados y cargas familiares, proporcionándoles asistencia médica, social, económica, cultural y recreativa.
Organización
- Jefe de servicio
Jenny Fernández González
jenny.fernandez@uantof.cl - Secretaria
Cindy Rojas Briceño
sec.sbp@uantof.cl - Unidad Social
Claudia Pastenes Manríquez
claudia.pastenes@uantof.cl - Unidad Social
Yenifer Torrejón Pairoa
yenifer.torrejon@uantof.cl - Unidad Beneficios
Levenka Castillo Guerra
levenka.castillo@uantof.cl - Unidad Contable
Andrea Rojas Carvajal
contabilidad.sbp@uantof.cl - Cuentas Corrientes
Cristofer Bravo Alcayaga
ctas.ctes.sbp@uantof.cl
Consejo Administrativo
*En conformación
Nombre | Cargo | |
---|---|---|
María Alejandra Sepúlveda – Directora de Personal y Adm. del Campus | Presidenta del Consejo de Bienestar | |
Mercedes Fernández Miranda | Consejera Representante de la Institución | |
Gustavina Marín Zuleta | Consejera Representante de la Institución | |
Eduardo Jofré Corante | Consejero Representante de la Institución | |
Ivania Araya Robledo | Consejera Representante de los afiliados | |
Jacqueline Vergara Córdona | Consejera Representante de los afiliados | |
Carlos Rojas Araya | Consejero Representante de los afiliados | |
Yoseline Astudillo Águila | Consejera Representante de la Asociación |
Beneficios
Tope anual vigente para los documentos entregados a contar del 1 de enero de 2024 en adelante:
- Medicamentos que no cubre la Compañía de Seguros: $146.672.
- Tratamiento especializado por personal paramédico que no cubre la Compañía de Seguros: $339.663.-
- Traslado ambulancia, pasajes terrestres, aéreos (Inter consulta Médica a Stgo.) $169.831.-
- Atención dental $150.532.-
Tope anual vigente para los documentos entregados a contar del 1 de febrero de 2023 al 31 de diciembre del 2023.
- Asignación de Matrimonio: $150.532.-
- Asignación de Nacimiento: $200.710.-
- Fallecimiento Carga Familiar: $500.230.-
- Fallecimiento Cónyuge No Carga: $396.050.-
- Mortinato $200.710.-
- Transición Mayor: $30.000.-
- Educación Básica: $30.000.-
- Educación Media: $30.000.-
- Educación Superior o Técnica: $30.000.-
El servicio podrá conceder a sus afiliados los préstamos que a continuación se señalan, cuando los recursos financieros lo permitan:
- Préstamos Médicos: Para optar a este préstamo, se debe tener programada una hospitalización o intervención. Se requiere que el/la afiliado/a tenga capacidad de endeudamiento dentro de su 15% de renta líquida para cursar este requerimiento, debe presentar documentos de respaldo en original de programa médico de la intervención u operación.
- Préstamo Personal: Se otorgará ante problemas económicos y causales justificadas. Tiene un interés simple del 2% y el máximo de cuotas a solicitar es de 18, vía descuento por planilla.
- Préstamo de Consumo: Se otorgará para la adquisición de bienes muebles, enseres de uso familiar y con el objeto de propender al mejoramiento de las condiciones familiares y/o trabajo de los afiliados. Tiene un interés simple del 2% y el máximo de cuotas a solicitar es de 18, vía descuento por planilla.
- Préstamo Escolar: Se otorgará una vez al año y estará orientado a solventar gastos de matrícula, útiles y vestuario escolar a los afiliados y sus cargas familiares que sean estudiantes. Tiene un interés simple del 2% y el máximo de cuotas a solicitar es de 12, vía descuento por planilla. No se puede utilizar para amortizar otro tipo de préstamo.
- Préstamo Habitacional: Se otorgará con la finalidad de complementar ahorro previo para postular a vivienda, pago de cuotas al contado o saldos de precios en operaciones de compra de propiedad, ampliaciones y reparaciones de vivienda (fundamentado previo Informe de Asistente Social) y para gasto de notaría, de impuestos, transferencias y otros. Tiene un interés simple del 1%, reajustándose anualmente el saldo insoluto según variación de I.P.C. El máximo de cuotas a solicitar es de 18, vía descuento por planilla.
Los requisitos para optar a un préstamo son:
- Antigüedad mínima de 1 año como afiliado.
- Entrevista previa con asistente social.
- Tener capacidad de endeudamiento.
- Completar una solicitud y Pagaré Notarial con la constitución de la garantía de dos codeudores solidarios. Esta modalidad se aplica desde noviembre 2009 para todas las prestaciones económicas. Se debe cancelar $1.500 por la protocolización del documento notarial.
- Tener cancelado como mínimo el 50% de la deuda por el mismo concepto.
El monto máximo mensual que el afiliado adeude al servicio por préstamos o por concepto de crédito de cualquier índole, no podrá en ningún caso, exceder del 15% de la remuneración mensual imponible.
Los montos máximos a solicitar son:
Personal: $1.000.000.-
Consumo: $400.000.-
Escolar: $150.000.-
Habitacional: $1.500.000.-
Aspectos Generales:
Seguro de Salud Complementario
Cada socio puede revisar directamente sus antecedentes personales (cargas, recetas y solicitudes) en la página web de la compañía de seguros en el siguiente link: www.mproliquidadores.cl/LoginAsegurado.aspx
Se recuerda que toda la documentación y antecedentes para reembolsar gastos médicos tienen un plazo de 70 días para ser presentado en el Servicio de Bienestar de Personal, contados desde la fecha de la prestación.
Es muy importante ajustarse a este procedimiento pues de lo contrario la Compañía de Seguros rechaza la solicitud presentada y se pierde la posiblidad de obtener el reembolso médico correspondiente.
El formulario de Solicitud de Reembolso en Gastos Médicos se puede descargar en esta misma página en la sección Formularios.
Para los socios que trabajan en la Universidad (activos) se aplica la modalidad de abonar los reembolsos a las cuentas en que se depositan los sueldos (cuentas corrientes y cuentas vista), a excepción de aquellos que no tiene esta modalidad, por lo que reciben cheques nominativos que se deben retirar en el SBP (esto último válido también para los socios jubilados).
El reporte de liquidación de cada solicitud de reembolso de gastos médicos se envía en forma física a cada afiliado a través de la Unidad de Beneficios del SBP.
Recetas Permanentes
Aquellos funcionarios con tratamiento de medicamentos de uso permanente, deben preocuparse que en la receta se especifique el carácter de permanente del medicamento.
Esta permanencia, para la Compañía de Seguros, tiene una duración de 6 meses desde la fecha de emisión de la receta médica, requiriéndose que al término de este período, se renueve la receta.
Beneficios Cobertura de Salud
- Los tratamientos de inmunoterapia estarán cubiertos sólo como tratamiento curativo y asociado a un historial médico (reembolsos anteriores) evitando el solicitar un informe del médico tratante.
- Los Controles de Niño Sano se cubran hasta los 12 años e incluye Consultas, Exámenes y Ecografía de Pelvis, sin solicitar mayores antecedentes.
- Los medicamentos asociados a otros tratamientos serán cubiertos siempre y cuando estos medicamentos sean coadyudantes del tratamiento primario y eviten efectos secundarios como por ejemplo: Antiinflamatorios por algún diagnóstico que lo amerite junto con Omeprazol.
- Serán reembolsados los gastos de Óptica aun cuando vengan sin diagnóstico del médico en el Formulario de Reembolsos, siempre y cuando hayan sido reembolsados en forma previa por su Sistema de Salud Provisional. También se cubre el Control Preventivo Oftalmológico para niños mayores de 3 años.
- Se otorga cobertura para Controles y Exámenes Preventivos de Urología (Ej. Antígeno Prostático)..
- Los tratamientos para bajar de peso sí están cubiertos, los medicamentos que tengan ese fin y asociados a patologías convergentes, lo anterior para casos de Obesidad con Índice de Masa Corporal sobre 35 Kg/m2, en el caso de la Cirugía por Obesidad se debe solicitar IMT consignando Peso y Talla, se cubrirá solo Obesidades Mórbidas con IMC igual o mayor a 40, también se dará cobertura a Obesidad Severa con IMC igual o mayor a 35 pero con factor de riesgo cardiovascular demostrado (solo las siguientes patologías: Hipertensión- Enfermedad Cardiovascular- Diabetes Artritis de rodilla o cadera- enfermedades degenerativas de la columna, dislipidemia, apnea del sueño). El IMC bajo criterio de la Organización Mundial de la Salud (OMS). En caso de cumplirse el criterio señalado, la Cirugía por Obesidad Mórbida se cubrirá por ítem hospitalario. Se excluye cualquier atención de nutricionista.
- La cobertura de salud reembolsará los gastos incurridos en exceso de lo que cubre el sistema de salud previsional del asegurado, sólo en la proporción y hasta la suma máxima indicada en el Cuadro de Beneficios incluido en el presente contrato.
- Aquellos gastos que no tienen cobertura en su sistema previsional de salud por no estar codificados, se bonifican al 50% con un tope anual UF15. (se excluye terapia ocupacional)
- Aquellos gastos que no tienen cobertura en su sistema previsional de salud, pero sí tiene código Fonasa, se castigan al 50% del plan de acuerdo al origen de la prestación, con tope respectivo de la prestación. En este caso se deben presentar los documentos originales timbrados como No reembolsable por parte de la isapre.
- Se deberá liquidar y bonificar parcialmente la cuenta hospitalaria, de forma que aquellos gastos que aún no hayan sido cancelados por el asegurado quedarán pendientes de pago hasta completar los documentos contables pertinentes.
- Se cubrirá la mamografía dentro de la cobertura de exámenes preventivos.
- Se cubrirá la silla de ruedas en la cobertura de órtesis y prótesis.
- Se incluye dentro del ítem cirugía ambulatoria, todo tipo de cirugía ocular con una Dioptría 5 o superior.
- Gastos Complicaciones Embarazo/Parto: Estas se cubrirán de la siguiente manera, si corresponde a gastos ambulatorios se cubrirán bajo la prestación ambulatoria correspondiente y si requiere ser hospitalizada estará cubierto ítem hospitalario.
- Se considerarán complicaciones del parto, los gastos generados después de que se supere por más de 2 días el número de días considerados usuales en el parto (3 días parto normal y 4 días cesárea) o aquellas hospitalizaciones ocurridas con posterioridad al alta que generó el parto.
- No se considerarán complicaciones del parto la permanencia materna en la clínica si el bebé presenta algún tipo de complicación o patología.
- Se otorga cobertura para Hormona del Crecimiento por talla baja, siempre y cuando esta condición sea producto de alteraciones endocrinas o tumorales, lo que deberá ser evaluado por la Contraloría Médica de la Compañía. Adicionalmente esta cobertura se aplicará sólo para beneficiarios menores de 10 años.
- Dado lo anterior, no tendrá cobertura la condición de talla baja si es producto de variantes normales del crecimiento, como talla baja familiar o retraso de crecimiento constitucional.
- Gastos por Quimioterapias Ambulatorias, estas se cubrirán bajo la cobertura “exámenes y procedimientos” cuando la estadía en el centro asistencial No supere un día de hospitalización
- Gastos por Quimioterapias Hospitalarias, estas se cubrirán bajo la cobertura “hospitalaria” cuando la estadía en el centro asistencial supere un día de hospitalización.
- Servicio de Ambulancia Área sin cobertura por la póliza
- Bonificación Mínima del sistema Previsional de Salud (BMI), las prestaciones deberán contar con una bonificación mínima del sistema de salud previsional del asegurado, la cual no puede ser inferior al 50%, porcentaje establecido en las Condiciones Particulares de la Póliza. En caso que no se cumpla con la bonificación mínima establecida, el valor de las prestaciones reembolsadas por el sistema de salud previsional se les aplicará el porcentaje establecido en las condiciones particulares para determinar el monto sobre el cual se aplicará la bonificación del seguro.
- Coopeuch: Cooperativa de Ahorro y Crédito
- Departamento de Odontología Universidad de Antofagasta
- Fundación Arturo López Pérez FALP
- Librería Brasil
- Óptica Alemana
- Óptica Antofagasta
- Óptica Petri
- Clínica Dental Diagnodent
- Dentista Edgar Serrano Franco
- Rescate Médico Móvil REMM
- Óptica Godoy
- DiagnoOdont
- Dentista – Ortodoncista Gustavo Aldana Figueroa
- Rest 911
Todos los formularios deben imprimirse en hoja tamaño oficio.
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lunes a viernes 08:00 a 13:00 horas.
(55) 263 7395
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